Presentación de información exógena
- Cuenta Bien
- 12 may 2023
- 3 Min. de lectura

¿QUÉ ES LA INFORMACIÓN EXÓGENA?
La información exógena es un conjunto de datos que debe ser reportado por personas naturales y jurídicas ante la DIAN, incluyendo detalles sobre operaciones con terceros, como clientes y usuarios. La presentación de esta información se realiza en formato XML a través de medios magnéticos.
La elaboración precisa y minuciosa de la información exógena es fundamental para permitir a las autoridades tributarias ejercer un control adecuado y evitar sanciones. Es por eso que es esencial prestar atención a cada detalle durante el proceso de elaboración de la información exógena.
¿QUIÉNES ESTÁN OBLIGADOS A PRESENTAR EL REPORTE DE INFORMACIÓN FINANCIERA?
Según el artículo 1 de la resolución 000124 de 2021, los obligados a presentar el reporte de información exógena por el año gravable 2022:
1. Las entidades públicas o privadas que celebren convenios de cooperación y asistencia técnica para el apoyo y ejecución de sus programas o proyectos con organismos internacionales.
2. Las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia, las cooperativas de ahorro y crédito, los organismos cooperativos de grado superior, las instituciones auxiliares del cooperativismo, las cooperativas multiactivas e integrales, y los fondos de empleados que realicen actividades financieras.
3. Las bolsas de valores y los comisionistas de bolsa.
4. Las personas naturales y sus asimiladas que durante el año gravable 2021 o en el año gravable 2022 hayan obtenido ingresos brutos superiores a quinientos millones de pesos ($500.000.000) y que la suma de los Ingresos brutos obtenidos por rentas capital y/o rentas no laborales durante el año gravable 2022 superen los cien millones de pesos ($100.000.000).
5. Los contribuyentes personas naturales del régimen simple de tributación que durante el año gravable 2021 o en el año gravable 2022, hayan obtenido ingresos brutos superiores a $500.000.000, sin considerar el tipo de ingreso.
6. Las personas jurídicas y sus asimiladas, y demás entidades públicas y privadas, que en el año gravable 2021 o en el año gravable 2022 hayan obtenido ingresos brutos superiores a cien millones de pesos ($100.000.000).
7. Las personas naturales y sus asimiladas, las personas jurídicas y sus asimiladas, entidades públicas y privadas, y demás obligados a practicar retenciones y autorretenciones en la fuente a título del impuesto sobre la renta, impuesto sobre las ventas –IVA– y timbre, durante el año gravable 2022.
8. Establecimientos permanentes de personas naturales no residentes y de personas jurídicas y entidades extranjeras.
9. Las personas o entidades que celebren contratos de colaboración, tales como consorcios, uniones temporales, contratos de mandato, administración delegada, contratos de exploración y explotación de hidrocarburos, gases y minerales, joint venture, cuentas en participación y convenios de cooperación con entidades públicas.
10. Los entes públicos del nivel nacional y territorial del orden central y descentralizado, contemplados en el artículo 22 del Estatuto Tributario, no obligados a presentar declaración de ingresos y patrimonio.
11. Los secretarios generales o quienes hagan sus veces de los órganos que financien gastos con recursos del Tesoro Nacional.
12. Los obligados a presentar estados financieros consolidados.
13. Las cámaras de comercio.
14. La Registraduría Nacional del Estado Civil.
15. Los notarios con relación a las operaciones realizadas durante el ejercicio de sus funciones.
16. Las personas o entidades que elaboren facturas de venta o documentos equivalentes.
17. Las alcaldías, los distritos y las gobernaciones.
18. Las autoridades catastrales.
19. Los responsables del impuesto nacional al carbono.
20. Las entidades que otorguen, reconozcan, registren, cancelen o suspendan personerías jurídicas.
FECHA LIMITE PARA PERSONA NATURAL Y JURÍDICA
Últimos dos dígitos del NIT | Fecha |
01 al 05 | 16 de Mayo de 2023 |
06 al 10 | 17 de Mayo de 2023 |
11 al 15 | 18 de Mayo de 2023 |
16 al 20 | 19 de Mayo de 2023 |
21 al 25 | 23 de Mayo de 2023 |
26 al 30 | 24 de Mayo de 2023 |
31 al 35 | 25 de Mayo de 2023 |
36 al 40 | 26 de Mayo de 2023 |
41 al 45 | 29 de Mayo de 2023 |
46 al 50 | 30 de Mayo de 2023 |
51 al 55 | 31 de Mayo de 2023 |
56 al 60 | 01 de Junio de 2023 |
61 al 65 | 02 de Junio de 2023 |
66 al 70 | 05 de Junio de 2023 |
75 al 75 | 06 de Junio de 2023 |
76 al 80 | 07 de Junio de 2023 |
81 al 85 | 08 de Junio de 2023 |
86 al 90 | 09 de Junio de 2023 |
91 al 91 | 13 de Junio de 2023 |
96 al 00 | 14 de Junio de 2023 |
FECHA LIMITE PARA GRANDES CONTRIBUYENTES
Último dígito del NIT | Fecha |
1 | 02 de Mayo de 2023 |
2 | 03 de Mayo de 2023 |
3 | 04 de Mayo de 2023 |
4 | 05 de Mayo de 2023 |
5 | 08 de Mayo de 2023 |
6 | 09 de Mayo de 2023 |
7 | 10 de Mayo de 2023 |
8 | 11 de Mayo de 2023 |
9 | 12 de Mayo de 2023 |
0 | 15 de Mayo de 2023 |
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